Últimamente y con demasiada
frecuencia salen a la luz una serie de casos en los que están involucrados
importantes empresas españolas en los que la ÉTICA de sus dirigentes, en el
mejor de los casos, está dejando mucho que desear si no están traspasando ya la
línea de la ilegalidad.
Imagen de Google Images en capitalradio.es |
Uno de ellos es el de Abengoa,
empresa que el pasado 24 de noviembre
decidió entrar en pre concurso de acreedores, situación previa al
concurso .
Esto que en principio sería una
situación normal (el pre concurso de acreedores) hace que no lo sea como
consecuencia de dos hechos de importante relevancia como son:
El
13 de noviembre, 11 días antes de decidir entrar en pre concurso de acreedores
la empresa confirmó que pago una indemnización de 20 millones de euros a su ex
presidente y a su ex consejero delegado tras la salida de ambos de la misma en
los últimos meses.
Tres
meses antes de su desplome en Bolsa y siete de anunciar el pre concurso de
acreedores, Abengoa repartió un dividendo de 94 millones de euros a sus
accionistas por el beneficio obtenido en el 2.014. De este total 34 millones
fueron a parar a las familias andaluzas propietarias del grupo a través de un
pago en efectivo, a diferencia de lo realizado por otras grandes empresas como Telefónica
o Repsol que en los últimos años recurrieron a la modalidad de pago en acciones
para no ver afectados su niveles de solvencia.
ABENGOA en su debut en el Nasdaq - Imagen de elmundo.es |
Como consecuencia de estos dos hechos
“poco presentables” los acreedores públicos de Abengoa se han negado a admitir
“quitas” de su deuda y van a solicitar al Juez la anulación de estos blindajes
o pedir su impugnación basándose a lo que dice el art.72 de la Ley Concursal que
legitima a los acreedores a instar a la reversión de bienes si consideran que
su salida afecta a sus intereses.
Como hemos dicho anteriormente, este
no es un caso aislado ya que anteriormente lo hemos visto en diversas entidades
bancarias que tuvieron que ser rescatadas por el Estado con dinero público.
Confiemos que como en casos
anteriores los Tribunales no permitan este tipo de operaciones que dejan en
“entredicho” la honestidad de nuestros dirigentes empresariales y suponen un
perjuicio económico para nuestra economía.
Por Tomás Martín para Barcala&Partners.
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Artículos de referencia: Diario El Mundo-Economía 2 y 3 de diciembre 2.015.
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